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<documento fecha_actualizacion="20241021212439">
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    <identificador>DOUE-L-2013-81611</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <numero_oficial/>
    <titulo>Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20130802</fecha_publicacion>
    <diario_numero>208</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>68</pagina_inicial>
    <pagina_final>72</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2013/208/L00068-00072.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="294" orden="">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="3232" orden="">Entidades de certificación</materia>
      <materia codigo="3233" orden="">Entidades de crédito</materia>
      <materia codigo="3790" orden="">Fondos de dinero</materia>
      <materia codigo="4930" orden="">Mercado de Valores</materia>
      <materia codigo="5163" orden="">Normas de calidad</materia>
      <materia codigo="8104" orden="">Organismo y agencia CE</materia>
      <materia codigo="6242" orden="">Riesgos</materia>
      <materia codigo="6687" orden="">Sociedades de Inversión</materia>
    </materias>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2013-81261" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>del Reglamento 575/2013, de 26 de junio</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
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    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="112" orden="">Derecho Mercantil</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">1. En la página 2, en el considerando 4, frase tercera:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: « … y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de ( 2 ).»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: « … y la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013 ( 2 ).».</p>
    <p class="parrafo">2. En la página 36, en el artículo 26, apartado 3, párrafo primero, frase segunda:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Con respecto a las emisiones posteriores al 31 de diciembre de 2014, las entidades clasificarán…»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Con respecto a las emisiones posteriores al 28 de junio de 2013, las entidades clasificarán…».</p>
    <p class="parrafo">3. En la página 37, en el artículo 26, apartado 3, párrafo tercero, frase segunda:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE elaborará y publicará por primera vez esa lista a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE elaborará y publicará por primera vez esa lista a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">4. En la página 37, en el artículo 26, apartado 3, párrafo cuarto:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… podrá decidir suprimir de esa lista los instrumentos de capital que no supongan ayudas estatales posteriores al 31 de diciembre de 2014, …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… podrá decidir suprimir de esa lista los instrumentos de capital que no supongan ayudas estatales posteriores al 28 de junio de 2013, …».</p>
    <p class="parrafo">5. En la página 37, en el artículo 26, apartado 4, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">6. En la página 37, en el artículo 27, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">7. En la página 39, en el artículo 28, apartado 5, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">8. En la página 40, en el artículo 29, apartado 6, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">9. En la página 40, en el artículo 32, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">10. En la página 42, en el artículo 36, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">11. En la página 42, en el artículo 36, apartado 3, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">12. En la página 44, en el artículo 41, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">13. En la página 48, en el artículo 49, apartado 6, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE, la AEVM y la AESPJ presentarán dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE, la AEVM y la AESPJ presentarán dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">14. En la página 50, en el artículo 52, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">15. En la página 57, en el artículo 73, apartado 7, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">16. En la página 58, en el artículo 76, apartado 4, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tarde el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">17. Página 59, en el artículo 78, apartado 5, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">18. En la página 60, en el artículo 79, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">19. En la página 61, en el artículo 83, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">20. En la página 62, en el artículo 84, apartado 4, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">21. En la página 62, en el artículo 84, apartado 5, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «Si después del 31 de diciembre de 2014 una sociedad financiera mixta de cartera…»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «Si después del 28 de junio de 2013 una sociedad financiera mixta de cartera…».</p>
    <p class="parrafo">22. En la página 68, en el artículo 99, apartado 5, párrafo tercero:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">23. En la página 68, en el artículo 99, apartado 6, párrafo tercero:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">24. En la página 69, en el artículo 101, apartado 4, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">25. En la página 72, en el artículo 105, apartado 14, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">26. En la página 74, en el artículo 110, apartado 4, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará dichos proyectos de normas técnicas de regulación a la Comisión a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">27. En la página 232, en el artículo 395, apartado 6, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… que apliquen un límite para grandes exposiciones inferior al 25 % pero no al 15 % entre 31 de diciembre de 2014 y el 30 de junio de 2015, …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… que apliquen un límite para grandes exposiciones inferior al 25 % pero no al 15 % entre el 28 de junio de 2013 y el 30 de junio de 2015, ….».</p>
    <p class="parrafo">28. En la página 241, en el artículo 415, apartado 3, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de aplicación a la Comisión para los elementos contemplados en la letra a), a más tardar el 1 de febrero de 2015, y para los contemplados en la letra b), el 1 de enero de 2014.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de aplicación para los elementos contemplados en la letra a), a más tardar el 28 de julio de 2013, y para los contemplados en la letra b), el 1 de enero de 2014.».</p>
    <p class="parrafo">29. En la página 254, en el artículo 430, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">30. En la página 256, en el artículo 437, apartado 2, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2015.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">31. En la página 268, en el artículo 462, apartado 2:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «2. Los poderes para adoptar los actos delegados a que se refieren los artículos 456 a 460 se otorgan por tiempo indefinido a partir de 31 de diciembre de 2014.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «2. Los poderes para adoptar los actos delegados a que se refieren los artículos 456 a 460 se otorgan por tiempo indefinido a partir del 28 de junio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">32. En la página 274, en el artículo 478, apartado 2:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, respecto de los elementos contemplados en el artículo 36, apartado 1, letra c), que existían con anterioridad a 31 de diciembre de 2017, el porcentaje aplicable a efectos del artículo 469, apartado 1, letra c) estará comprendido en los intervalos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">a) del 0 % al 100 % durante el período comprendido a partir del 1 de enero de 2014 y 2 de enero de 2015;</p>
    <p class="parrafo">b) del 10 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2015 y 2 de enero de 2016;</p>
    <p class="parrafo">c) del 20 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2016 y 2 de enero de 2017;</p>
    <p class="parrafo">d) del 30 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2017 y 2 de enero de 2018;</p>
    <p class="parrafo">e) del 40 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2018 y 2 de enero de 2019;</p>
    <p class="parrafo">f) del 50 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2019 y 2 de enero de 2020;</p>
    <p class="parrafo">g) del 60 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2020 y 2 de enero de 2021;</p>
    <p class="parrafo">h) del 70 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2021 y 2 de enero de 2022;</p>
    <p class="parrafo">i) del 80 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2022 y 2 de enero de 2023;</p>
    <p class="parrafo">j) del 90 % al 100 % durante el período comprendido entre 2 de enero de 2023 y 2 de enero de 2024.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «2. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, respecto de los elementos contemplados en el artículo 36, apartado 1, letra c), que existían con anterioridad al 1 de enero de 2014, el porcentaje aplicable a efectos del artículo 469, apartado 1, letra c), estará comprendido en los intervalos siguientes:</p>
    <p class="parrafo">a) del 0 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014;</p>
    <p class="parrafo">b) del 10 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2015;</p>
    <p class="parrafo">c) del 20 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016;</p>
    <p class="parrafo">d) del 30 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2017;</p>
    <p class="parrafo">e) del 40 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018;</p>
    <p class="parrafo">f) del 50 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019;</p>
    <p class="parrafo">g) del 60 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020;</p>
    <p class="parrafo">h) del 70 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021;</p>
    <p class="parrafo">i) del 80 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022;</p>
    <p class="parrafo">j) del 90 % al 100 % durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.».</p>
    <p class="parrafo">33. En la página 276, en el artículo 481, apartado 6, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE comunicará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2014.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE comunicará a la Comisión esos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">34. En la página 279, en el artículo 487, apartado 3, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 1 de febrero de 2014.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará a la Comisión estos proyectos de normas técnicas de regulación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">35. En la página 281, en el artículo 492, apartado 5, párrafo segundo:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas a más tardar el 1 de febrero de 2014.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013.».</p>
    <p class="parrafo">36. En la página 281, en el artículo 493, apartado 3, parte introductoria:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «… los Estados miembros podrán, durante un período transitorio hasta la entrada en vigor de algún acto legislativo subsiguiente a la revisión a que se refiere el artículo 507, pero no después del 2 de enero de 2029, excluir total o parcialmente…»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «… los Estados miembros podrán, durante un período transitorio hasta la entrada en vigor de algún acto legislativo subsiguiente a la revisión a que se refiere el artículo 507, pero no después del 31 de diciembre de 2028, excluir total o parcialmente…».</p>
    <p class="parrafo">37. En la página 285, en el artículo 501, apartado 4:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «4. La Comisión elaborará, a más tardar para el 2 de enero de 2017, un informe sobre el impacto de los requisitos en materia de fondos propios que establece el presente Reglamento en los préstamos a las PYME…»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «4. La Comisión elaborará, a más tardar para el 28 de junio de 2016, un informe sobre el impacto de los requisitos en materia de fondos propios que establece el presente Reglamento en los préstamos a las PYME y a las personas físicas…».</p>
    <p class="parrafo">38. En la página 291, en el artículo 515, apartado 1:</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «1. La ABE, junto con la AEVM, elaborará, a más tardar el 2 de enero de 2015, un informe sobre el funcionamiento del presente Reglamento en relación con las correspondientes obligaciones en virtud del Reglamento (UE) no 648/2012, …»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «1. La ABE, junto con la AEVM, elaborará, a más tardar el 28 de junio de 2014, un informe sobre el funcionamiento del presente Reglamento en relación con las correspondientes obligaciones en virtud del Reglamento (UE) no 648/2012, …».</p>
    <p class="parrafo">39. En la página 294, en el artículo 521, apartado 2, letra c):</p>
    <p class="parrafo">donde dice: «c) las disposiciones del presente Reglamento que exigen que las AES presenten a la Comisión proyectos de normas técnicas, y las disposiciones del presente Reglamento que facultan a la Comisión para adoptar actos delegados o actos de ejecución; estas disposiciones serán aplicables a partir del 31 de diciembre de 2014.»,</p>
    <p class="parrafo">debe decir: «c) las disposiciones del presente Reglamento que exigen que las AES presenten a la Comisión proyectos de normas técnicas, y las disposiciones del presente Reglamento que facultan a la Comisión para adoptar actos delegados o actos de ejecución; estas disposiciones serán aplicables a partir del 28 de junio de 2013.».</p>
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