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<documento fecha_actualizacion="20250925082602">
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    <identificador>DOUE-L-2015-82291</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20151117</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2065/2015</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2065 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, el modelo para la notificación de los programas de formación y certificación de los Estados miembros.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20151118</fecha_publicacion>
    <diario_numero>301</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>21</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2015/301/L00014-00021.pdf</url_pdf>
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    <fecha_derogacion>20250925</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/reg/2015/2065/spa</url_eli>
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      <materia codigo="611" orden="">Capacitación profesional</materia>
      <materia codigo="817" orden="">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="872" orden="">Climatización</materia>
      <materia codigo="1630" orden="">Contaminación atmosférica</materia>
      <materia codigo="3805" orden="">Formación profesional</materia>
      <materia codigo="3889" orden="">Gas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2008-80611" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>el Reglamento 308/2008, de 2 de abril</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-2014-81038" orden="3060">
          <palabra codigo="440">DE CONFORMIDAD con</palabra>
          <texto>el art. 10.13 del Reglamento 517/2014, de 16 de abril</texto>
        </anterior>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2025-81376" orden="">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 2025/1907, de 19 de septiembre de 2025</texto>
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    <alertas>
      <alerta codigo="118" orden="">Industria</alerta>
      <alerta codigo="119" orden="">Medio ambiente</alerta>
      <alerta codigo="131" orden="">Trabajo y empleo</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) no 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 842/2006 (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 13,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1) Debe armonizarse el modelo de la notificación con arreglo al artículo 10, apartado 10, del Reglamento (UE) no 517/2014, especificándose la información esencial requerida, para posibilitar la autenticación de los certificados o certificaciones que cumplan los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos.</p>
    <p class="parrafo">(2) La Comisión ha actualizado los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo mediante la adopción del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067 de la Comisión (2) y del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2066 de la Comisión (3).</p>
    <p class="parrafo">(3) Por consiguiente, debe derogarse el Reglamento (CE) no 308/2008 (4).</p>
    <p class="parrafo">(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 24 del Reglamento (UE) no 517/2014.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="articulo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Los Estados miembros utilizarán los siguientes formularios para las notificaciones contempladas en el artículo 10, apartado 10, del Reglamento (UE) no 517/2014:</p>
    <p class="parrafo">1) en lo que respecta a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas, y unidades de refrigeración de camiones y remolques frigoríficos, el formulario de notificación que figura en el anexo I del presente Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">2) en lo que respecta a los sistemas fijos de protección contra incendios y extintores, el formulario de notificación que figura en el anexo II del presente Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">3) en lo que respecta a la aparamenta eléctrica, el formulario de notificación que figura en el anexo III del presente Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">4) en lo que respecta a los aparatos que contienen disolventes a base de gases fluorados de efecto invernadero, el formulario de notificación que figura en el anexo IV del presente Reglamento;</p>
    <p class="parrafo">5) en lo que respecta a los sistemas de aire acondicionado de vehículos de motor, el formulario de notificación que figura en el anexo V del presente Reglamento.</p>
    <p class="articulo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Queda derogado el Reglamento (CE) no 308/2008.</p>
    <p class="parrafo">Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento y se leerán con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo VI.</p>
    <p class="articulo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo_2">Hecho en Bruselas, el 17 de noviembre de 2015.</p>
    <p class="firma_ministro">Por la Comisión</p>
    <p class="firma_ministro">El Presidente</p>
    <p class="firma_ministro">Jean-Claude JUNCKER</p>
    <p class="cita_con_pleca">___________________________</p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) DO L 150 de 20.5.2014, p. 195.</p>
    <p class="cita">(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) no 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de las personas físicas en lo relativo a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas, y unidades de refrigeración de camiones y remolques frigoríficos, que contengan gases fluorados de efecto invernadero, y de la certificación de las empresas en lo relativo a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas que contengan gases fluorados de efecto invernadero (véase la página 28 del presente Diario Oficial).</p>
    <p class="cita">(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2066 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) no 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones para el reconocimiento mutuo de la certificación de las personas físicas que lleven a cabo la instalación, revisión, mantenimiento, reparación o desmontaje de los conmutadores eléctricos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o la recuperación de determinados gases fluorados de efecto invernadero de los conmutadores eléctricos fijos (véase la página 22 del presente Diario Oficial).</p>
    <p class="cita">(4) Reglamento (CE) no 308/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establece, de conformidad con el Reglamento (CE) no 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, el modelo para la notificación de los programas de formación y certificación de los Estados miembros (DO L 92 de 3.4.2008, p. 28).</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO I</p>
    <p class="anexo_tit">APARATOS FIJOS DE REFRIGERACIÓN, APARATOS FIJOS DE AIRE ACONDICIONADO Y BOMBAS DE CALOR FIJAS, Y UNIDADES DE REFRIGERACIÓN DE CAMIONES Y REMOLQUES FRIGORÍFICOS</p>
    <p class="centro_redonda">NOTIFICACIÓN</p>
    <p class="centro_negrita">RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO O ADAPTACIÓN POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE SUS REQUISITOS DE FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS Y PERSONAS FÍSICAS QUE SE DEDIQUEN A LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 10, APARTADO 1, DEL REGLAMENTO (UE) No 517/2014 SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>INFORMACIÓN GENERAL</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">a) Estado miembro</p>
    <p class="parrafo">b) Autoridad notificante</p>
    <p class="parrafo">c) Fecha de la notificación</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>Parte A: Personas físicas</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las personas físicas que se dediquen a la instalación, reparación, mantenimiento, revisión, desmontaje o control de fugas de aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas, y unidades de refrigeración de camiones y remolques frigoríficos, que contengan gases fluorados de efecto invernadero, o a la recuperación de gases fluorados de efecto invernadero de esos aparatos, satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en los artículos 4 y 10 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067 de la Comisión (1).</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 16</p>
    <p> </p>
    <p class="parrafo">
      <strong>Parte B: Empresas</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las empresas que se dediquen a la instalación, reparación, mantenimiento, revisión o desmontaje de aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas que contengan gases fluorados de efecto invernadero satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en los artículos 6 y 10 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067.</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 16</p>
    <p> </p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2067 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) no 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de las personas físicas en lo relativo a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas, y unidades de refrigeración de camiones y remolques frigoríficos, que contengan gases fluorados de efecto invernadero, y de la certificación de las empresas en lo relativo a los aparatos fijos de refrigeración, aparatos fijos de aire acondicionado y bombas de calor fijas que contengan gases fluorados de efecto invernadero (DO L 301 de 18.11.2015, p. 28).</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO II</p>
    <p class="anexo_tit">APARATOS FIJOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS</p>
    <p class="centro_redonda">NOTIFICACIÓN</p>
    <p class="centro_negrita">RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO O ADAPTACIÓN POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE SUS REQUISITOS DE FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS Y PERSONAS FÍSICAS QUE SE DEDIQUEN A LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 10, APARTADO 1, DEL REGLAMENTO (UE) No 517/2014 SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>INFORMACIÓN GENERAL</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">a) Estado miembro</p>
    <p class="parrafo">b) Autoridad notificante</p>
    <p class="parrafo">c) Fecha de la notificación</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>Parte A: Personas físicas</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las personas físicas que se dediquen a la instalación, reparación, mantenimiento, revisión, desmontaje o control de fugas de aparatos fijos de protección contra incendios que contengan gases fluorados de efecto invernadero, o a la recuperación de gases fluorados de efecto invernadero de esos aparatos, satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en los artículos 5 y 13 del Reglamento (CE) no 304/2008 de la Comisión (1).</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 17</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>Parte B: Empresas</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las empresas que se dediquen a la instalación, reparación, mantenimiento, revisión o desmontaje de aparatos fijos de protección contra incendios que contengan gases fluorados de efecto invernadero satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en los artículos 8 y 13 del Reglamento (CE) no 304/2008.</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 17</p>
    <p> </p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) Reglamento (CE) no 304/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) no 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones del reconocimiento mutuo de la certificación de las empresas y el personal en lo relativo a los sistemas fijos de protección contra incendios y los extintores que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero (DO L 92 de 3.4.2008, p. 12).</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO III</p>
    <p class="anexo_tit">APARAMENTA ELÉCTRICA</p>
    <p class="centro_redonda">NOTIFICACIÓN</p>
    <p class="centro_negrita">RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO O ADAPTACIÓN POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE SUS REQUISITOS DE FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS QUE SE DEDIQUEN A LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 10, APARTADO 1, DEL REGLAMENTO (UE) No 517/2014 SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>INFORMACIÓN GENERAL</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">a) Estado miembro</p>
    <p class="parrafo">b) Autoridad notificante</p>
    <p class="parrafo">c) Fecha de la notificación</p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las personas físicas que se dediquen a la instalación, reparación, mantenimiento, revisión o desmontaje de aparamenta eléctrica que contengan gases fluorados de efecto invernadero, o a la recuperación de gases fluorados de efecto invernadero de conmutadores eléctricos fijos, satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en los artículos 3 y 7 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2066 la Comisión (1).</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 18</p>
    <p> </p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2066 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2015, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) no 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones para el reconocimiento mutuo de la certificación de las personas físicas que lleven a cabo la instalación, revisión, mantenimiento, reparación o desmontaje de los conmutadores eléctricos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o la recuperación de determinados gases fluorados de efecto invernadero de los conmutadores eléctricos fijos (DO L 301 de 18.11.2015, p. 22).</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO IV</p>
    <p class="anexo_tit">APARATOS QUE CONTENGAN DISOLVENTES A BASE DE GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO</p>
    <p class="centro_redonda">NOTIFICACIÓN</p>
    <p class="centro_negrita">RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO O ADAPTACIÓN POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE SUS REQUISITOS DE FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS QUE SE DEDIQUEN A LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 10, APARTADO 1, DEL REGLAMENTO (UE) No 517/2014 SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>INFORMACIÓN GENERAL</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">a) Estado miembro</p>
    <p class="parrafo">b) Autoridad notificante</p>
    <p class="parrafo">c) Fecha de la notificación</p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las personas físicas que se dediquen a la recuperación de disolventes a base de gases fluorados de efecto invernadero contenidos en aparatos satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en los artículos 3 y 7 del Reglamento (CE) no 306/2008 de la Comisión (1).</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 19</p>
    <p> </p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) Reglamento (CE) no 306/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establecen, en virtud del Reglamento (CE) no 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos y las condiciones para el reconocimiento mutuo de la certificación del personal que recupere de equipos determinados disolventes a base de gases fluorados de efecto invernadero (DO L 92 de 3.4.2008, p. 21).</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO V</p>
    <p class="anexo_tit">SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE VEHÍCULOS DE MOTOR</p>
    <p class="centro_redonda">NOTIFICACIÓN</p>
    <p class="centro_negrita">RELATIVA AL ESTABLECIMIENTO O ADAPTACIÓN POR LOS ESTADOS MIEMBROS DE SUS REQUISITOS DE FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS QUE SE DEDIQUEN A LAS ACTIVIDADES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 10, APARTADO 1, DEL REGLAMENTO (UE) No 517/2014 SOBRE LOS GASES FLUORADOS DE EFECTO INVERNADERO</p>
    <p class="parrafo">
      <strong>INFORMACIÓN GENERAL</strong>
    </p>
    <p class="parrafo">a) Estado miembro</p>
    <p class="parrafo">b) Autoridad notificante</p>
    <p class="parrafo">c) Fecha de la notificación</p>
    <p class="parrafo">El siguiente sistema o sistemas de certificación de las personas físicas que se dediquen a la recuperación de gases fluorados de efecto invernadero de sistemas de aire acondicionado de vehículos de motor satisfacen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo establecidos en el artículo 2, apartado 1, y en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 307/2008 de la Comisión (1).</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 20</p>
    <p class="cita_con_pleca">________________________________</p>
    <p class="cita_con_pleca">(1) Reglamento (CE) no 307/2008 de la Comisión, de 2 de abril de 2008, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) no 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos de los programas de formación y las condiciones de reconocimiento mutuo de los certificados de formación del personal en lo que respecta a los sistemas de aire acondicionado de ciertos vehículos de motor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero (DO L 92 de 3.4.2008, p. 25).</p>
    <p class="anexo_num">ANEXO VI</p>
    <p class="anexo_tit">Tabla de correspondencias</p>
    <p>TABLA OMITIDA EN PÁGINA 21</p>
  </texto>
</documento>
