<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20241021215348">
  <metadatos>
    <identificador>DOUE-L-2016-81608</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1600">Decisión</rango>
    <fecha_disposicion>20160415</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1455/2016</numero_oficial>
    <titulo>Decisión Delegada (UE) 2016/1455 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, que modifica el anexo III de la Decisión nº 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la UE frente a las pérdidas que se deriven de operaciones de financiación en favor de proyectos de inversión fuera de la Unión, en lo que se refiere a Bielorrusia.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20160906</fecha_publicacion>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/doue/2016/238/L00005-00006.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20220101</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>L</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/dec/2016/1455/spa</url_eli>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="451" orden="">Banco Europeo de Inversiones</materia>
      <materia codigo="496" orden="">Bielorrusia</materia>
      <materia codigo="1703" orden="">Cooperación económica</materia>
      <materia codigo="3712" orden="">Financiación comunitaria</materia>
      <materia codigo="3887" orden="">Garantías</materia>
      <materia codigo="4518" orden="">Inversiones</materia>
    </materias>
    <notas>
      <nota codigo="149" orden="340">Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2021/947, de 9 de junio; DOUE-L-2021-80774</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2014-80938" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo III de la Decisión 466/2014, de 16 de abril</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas>
      <alerta codigo="123" orden="">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
    <p class="parrafo">Vista la Decisión n.o 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la UE frente a las pérdidas que se deriven de operaciones de financiación en favor de proyectos de inversión fuera de la Unión (1), y en particular su artículo 4, apartado 2,</p>
    <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
    <p class="parrafo">(1)</p>
    <p class="parrafo">En Bielorrusia se han observado algunos progresos en los ámbitos económico, social, medioambiental y político desde la adopción de la Decisión n.o 466/2014/UE.</p>
    <p class="parrafo">(2)</p>
    <p class="parrafo">En enero de 2015, el Coreper aprobó una lista de 29 medidas de fomento de la política de «compromiso crítico» de la UE con Bielorrusia. Una de estas medidas se refiere a la revisión por la UE de su enfoque restrictivo respecto de la actividad de préstamo del Banco Europeo de Inversiones (BEI) en Bielorrusia.</p>
    <p class="parrafo">(3)</p>
    <p class="parrafo">En sus conclusiones de 1 de octubre de 2015, el Comité Político y de Seguridad estableció una lista de medidas concretas adicionales para reforzar el compromiso crítico de la política de la UE con Bielorrusia, y particularmente la medida de flexibilización de las restricciones que se aplicaban a la financiación del BEI en este país.</p>
    <p class="parrafo">(4)</p>
    <p class="parrafo">En sus conclusiones sobre Bielorrusia de 15 de febrero de 2016, el Consejo decidió acelerar la aplicación de las medidas encaminadas a reforzar la cooperación UE-Bielorrusia en una serie de ámbitos económicos, comerciales y relacionados con la ayuda, con el objetivo de modernizar el país y su economía en beneficio de la población bielorrusa, particularmente de cara a la adhesión a la Organización Mundial del Comercio y en cooperación con las instituciones financieras internacionales, particularmente el BEI y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), con arreglo a sus mandatos respectivos. El Consejo también animó a Bielorrusia a acelerar las tan necesarias reformas económicas.</p>
    <p class="parrafo">(5)</p>
    <p class="parrafo">La adopción por Bielorrusia de medidas concretas encaminadas a respetar las libertades fundamentales universales, el Estado de Derecho y los derechos humanos será esencial para el diseño de la futura política de la Unión en relación con este país.</p>
    <p class="parrafo">(6)</p>
    <p class="parrafo">Habida cuenta de la evaluación política de Bielorrusia, el apoyo financiero de la Unión y de la comunidad internacional, particularmente mediante la flexibilización de las limitaciones de las actividades del BEI en Bielorrusia, podría ayudar al país a desarrollar su sector privado, mejorar su infraestructura y reforzar el incremento de su productividad, y contribuir así a aumentar el dinamismo y el crecimiento a medio plazo de su economía. Por otra parte, las operaciones de financiación del BEI que fomentan la aplicación de las normas medioambientales apropiadas deberán contribuir a un desarrollo del país sostenible y favorable al medio ambiente.</p>
    <p class="parrafo">(7)</p>
    <p class="parrafo">Por ello, la Comisión, tras haber evaluado la situación económica, social, medioambiental y política global de Bielorrusia, con la participación del Servicio Europeo de Acción Exterior, considera que este país puede añadirse al anexo III de la Decisión n.o 466/2014/UE, que establece la lista de países que pueden optar a la financiación del BEI con la garantía de la Unión.</p>
    <p class="parrafo">(8)</p>
    <p class="parrafo">Procede, por tanto, modificar la Decisión n.o 466/2014/UE en consecuencia.</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">En el anexo III, punto B.2, de la Decisión n.o 466/2014/UE, la expresión «Europa Oriental: República de Moldavia y Ucrania» se sustituye por la expresión «Europa Oriental: Bielorrusia, República de Moldavia y Ucrania».</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 15 de abril de 2016.</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Jean-Claude JUNCKER</p>
    <p class="parrafo">_________________________________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO L 135 de 8.5.2014, p. 1.</p>
  </texto>
</documento>
