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<documento fecha_actualizacion="20241024142601">
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    <identificador>DOUE-L-2024-81561</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20241024</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>2755/2024</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2755 del Consejo, de 24 de octubre de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2022/2309 por el que se adoptan medidas restrictivas en vista de la situación en Haití.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20241024</fecha_publicacion>
    <diario_numero>2755</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>20241024</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="1773" orden="1">Cuentas bloqueadas</materia>
      <materia codigo="6099" orden="1">Haití</materia>
      <materia codigo="5647" orden="1">Política Exterior y de Seguridad Común</materia>
      <materia codigo="6273" orden="1">Sanciones</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-2022-81736" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el anexo I del Reglamento 2022/2309, de 25 de noviembre</texto>
        </anterior>
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      <alerta codigo="123" orden="1">Relaciones internacionales</alerta>
      <alerta codigo="126" orden="1">Seguridad y Defensa</alerta>
      <alerta codigo="127" orden="1">Sistema financiero</alerta>
      <alerta codigo="134" orden="1">Unión Europea</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <div>
      <p class="parrafo">
            REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2755 DEL CONSEJO
         </p>
      <p class="parrafo">de 24 de octubre de 2024
         </p>
      <p class="parrafo">por el que se aplica el Reglamento (UE) 2022/2309 por el que se adoptan medidas restrictivas en vista de la situación en Haití</p>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">El Consejo de la Unión Europea,</p>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Reglamento (UE) 2022/2309 del Consejo, de 25 de noviembre de 2022, por el que se adoptan medidas restrictivas en vista de la situación en Haití <a>(<span>1</span>)</a>, y en particular su artículo 16, apartado 1,</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,</p>
      </div>
      <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
      <div>
        <table width="100%" class="sinbordes">
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(1)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El 25 de noviembre de 2022, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2022/2309.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table width="100%" class="sinbordes">
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(2)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">El 27 de septiembre de 2024, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas establecido en virtud de la Resolución 2653 (2022) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas añadió a dos personas a la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <div>
        <table width="100%" class="sinbordes">
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">(3)</p>
              </td>
              <td>
                <p class="parrafo">Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2022/2309 en consecuencia.</p>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
      <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">Artículo 1</p>
        <p class="parrafo">El anexo I del Reglamento (UE) 2022/2309 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">Artículo 2</p>
        <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el <span>Diario Oficial de la Unión Europea</span>.</p>
      </div>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
        <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2024.</p>
        <div>
          <p class="parrafo">
            <span>Por el Consejo</span>
          </p>
          <p class="parrafo">
            <span>El Presidente</span>
          </p>
          <p class="parrafo">
               BÓKA J.</p>
        </div>
      </div>
    </div>
    <hr/>
    <p class="parrafo"><a>(<span>1</span>)</a>  
            <a>DO L 307 de 28.11.2022, p. 17</a>.</p>
    <div>
      <p class="parrafo">ANEXO</p>
      <p class="parrafo">En el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2309, en la «Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que se refieren los artículos 2, 3 y 9», en «PERSONAS», se añaden las entradas siguientes:</p>
      <div>
        <table width="100%" class="sinbordes">
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">«6.</p>
              </td>
              <td>
                <span><span>Prophane VICTOR</span>. Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 2653 (2022) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para las medidas enumeradas en los apartados 3, 6 y 11 de dicha Resolución, tal como se detalla en el apartado 16, letras a) y b), de dicha Resolución.<span>Cargo</span>: exdiputado al Parlamento haitiano, implicado en el tráfico ilícito de armas y el uso de la violencia para obtener beneficios políticos.<span>Fecha de nacimiento</span>: —<span>Lugar de nacimiento</span>: —<span>Nacionalidad</span>: haitiana<span>Fecha de designación por las Naciones Unidas</span>: 27 de septiembre de 2024
               <span>Sexo</span>: masculino<span>Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones</span>:Prophane Victor está implicado desde hace mucho tiempo en actividades que suponen una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Haití y de toda la región. En particular, ha prestado apoyo a bandas y les ha suministrado armas, ha traficado ilícitamente con armas, ha desviado ingresos públicos y ha recurrido a la violencia para obtener beneficios políticos y financieros.Prophane Victor fue miembro de la última Asamblea Nacional (2016-2020) como diputado por Petite Riviere, departamento de Artibonito, una zona con niveles crecientes de violencia y cada vez más controlada por bandas. Para garantizar su elección como diputado en 2016 y su control sobre la zona, Prophane Victor empezó a armar, en Petite Riviere, a hombres jóvenes que a continuación crearon la banda Gran Grif, actualmente la principal autora de violaciones de los derechos humanos, incluida la violencia sexual, en el departamento de Artibonito (véase S/2023/674, apartado 75). Ya no es diputado ni ocupa ningún cargo político.Además de afianzar su posición política mediante el uso de bandas, Victor fue alto funcionario de aduanas y actualmente es un hombre de negocios que controla partes del departamento de aduanas, lo que le permite enriquecerse y participar en gran variedad de actividades delictivas con impunidad. Según informes de enero de 2023, Victor amenazó a funcionarios de aduanas mientras estos cumplían sus funciones.Victor siguió apoyando a la banda Gran Grif hasta 2020 y desde entonces ha venido apoyando a bandas rivales de la zona (véase S/2023/674, apartado 75).</span>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
        <table width="100%" class="sinbordes">
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
          <tbody>
            <tr>
              <td>
                <p class="parrafo">7.</p>
              </td>
              <td>
                <span><span>Luckson ELAN</span>. Incluido en la lista en virtud del apartado 15 de la Resolución 2653 (2022) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para las medidas enumeradas en los apartados 3, 6 y 11 de dicha Resolución, tal como se detalla en el apartado 16, letras a), b), d), e) y f), de dicha Resolución.<span>Cargo</span>: líder de la banda Gran Grif<span>Fecha de nacimiento</span>: 6 de enero de 1988
               <span>Lugar de nacimiento</span>: —<span>Nacionalidad</span>: haitiana<span>Fecha de designación por las Naciones Unidas</span>: 27 de septiembre de 2024
               <span>Sexo</span>: masculino<span>Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones</span>:Luckson Elan, líder de la banda Gran Grif, participa desde hace mucho tiempo en actividades que suponen una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Haití y de toda la región. Su banda es la mayor y más poderosa del departamento de Artibonito y ha venido ampliando su control territorial, cometiendo violaciones de los derechos humanos y participando en el tráfico ilícito de armas y municiones.El 8 de febrero de 2023, miembros del grupo de autodefensa Coalición Jean Denis interceptaron un vehículo procedente de Puerto Príncipe que transportaba varias cajas de armas y municiones destinadas a la banda Gran Grif (véase el informe de la ACNUDH “Criminal Violence Extends beyond Port-au-Prince” [La violencia de grupos delictivos se propaga fuera de Puerto Príncipe], noviembre de 2023).Bajo el mando de Elan, entre las violaciones de los derechos humanos y otros delitos cometidos por la banda se cuentan ejecuciones extrajudiciales, violaciones, reclutamiento de niños, robos, destrucción de bienes, y secuestro de personas y de camiones. Por ejemplo, el 30 de noviembre de 2023, Luckson Elan mató a una mujer por negarse a mantener relaciones sexuales con él. En abril de 2024, Gran Grif cometió ataques contra el poder judicial al asesinar a dos abogados.Entre octubre de 2023 y enero de 2024, Gran Grif cometió nueve secuestros colectivos que afectaron a 157 personas. Gran Grif es también una de las bandas que más niños ha reclutado en Haití.».</span>
              </td>
            </tr>
          </tbody>
        </table>
      </div>
    </div>
  </texto>
</documento>
