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<documento fecha_actualizacion="20250129115601">
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    <identificador>DOUE-L-2025-80135</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9010">Unión Europea</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>20250128</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>132/2025</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento de Ejecución (UE) 2025/132 de la Comisión, de 28 de enero de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 792/2012 por lo que respecta a la inclusión de una referencia a los certificados de instrumentos musicales y a las explicaciones sobre el uso de los formularios.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de la Unión Europea</diario>
    <fecha_publicacion>20250129</fecha_publicacion>
    <diario_numero>132</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_final>6</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/2025/132/L00001-00006.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>20250218</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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    <url_eli>https://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/132/spa</url_eli>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="1003" orden="1">Comercio extracomunitario</materia>
      <materia codigo="3438" orden="1">Especies protegidas</materia>
      <materia codigo="3608" orden="1">Fauna</materia>
      <materia codigo="3726" orden="1">Flora</materia>
      <materia codigo="3806" orden="1">Formalidades aduaneras</materia>
      <materia codigo="3807" orden="1">Formularios administrativos</materia>
      <materia codigo="4830" orden="1">Madera</materia>
      <materia codigo="5080" orden="1">Música</materia>
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    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-2012-81616" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 2 y los anexos I, II, III y V  del Reglamento 792/2012, de 23 de agosto</texto>
        </anterior>
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      <alerta codigo="105" orden="1">Comercio</alerta>
      <alerta codigo="119" orden="1">Medio ambiente</alerta>
    </alertas>
  </analisis>
  <texto>
    <div>
      <p class="parrafo"> </p>
    </div>
    <div>
      <p class="parrafo">LA COMISIÓN EUROPEA,</p>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo">Visto el Reglamento (CE) n.<span>o</span> 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio <a>(<span>1</span>)</a>, y en particular su artículo 19, apartado 1,</p>
      </div>
      <p class="parrafo">Considerando lo siguiente:</p>
      <div>
        <p class="parrafo_2">(1) El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 (2) debe adaptarse a las resoluciones pertinentes aprobadas o modificadas por la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (en lo sucesivo, «Convención»).</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo_2">(2) En consonancia con la Resolución Conf. CITES 16.8, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/57 de la Comisión (3) modificó el artículo 1 y el artículo 2, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 y su anexo IV, a fin de permitir expedir certificados específicos para instrumentos musicales, con objeto de simplificar su movimiento transfronterizo no comercial.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo_2">(3) Es necesaria una modificación similar para adaptar el artículo 2, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 792/2012.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo_2">(4) El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 establece los modelos a los que deben ajustarse los permisos, certificados y otros documentos previstos en el Reglamento (CE) n.o 865/2006. Se modifica el Reglamento (CE) n.o 865/2006 por lo que respecta a la finalidad de las transacciones y los códigos de origen. Procede, por tanto, modificar las explicaciones sobre el uso de los formularios de los anexos I, II, III y V del Reglamento (CE) n.o 792/2012 en consecuencia. Las modificaciones de ambos Reglamentos deben ser aplicables a partir del mismo día.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="parrafo_2">(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre el Comercio de Fauna y Flora Silvestres.</p>
      </div>
      <p class="parrafo_2">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 1</p>
        <p class="parrafo">El Reglamento de Ejecución (UE) n.<span>o</span> 792/2012 se modifica como sigue:</p>
        <p class="parrafo_2">1) En el artículo 2, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente:</p>
        <p class="parrafo">«4.   Los formularios para extender las hojas complementarias adjuntas a los certificados de propiedad privada, a los certificados de exhibición itinerante y a los certificados de instrumento musical se ajustarán al modelo que figura en el anexo IV.».</p>
        <p class="parrafo_2">2) Los anexos I, II, III y V se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.</p>
      </div>
      <div>
        <p class="articulo">Artículo 2</p>
        <p class="parrafo">El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el <span>Diario Oficial de la Unión Europea</span>.</p>
      </div>
    </div>
    <div>
      <div>
        <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
        <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 28 de enero de 2025.</p>
        <div>
          <p class="firma_ministro">
            <span>Por la Comisión</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">
            <span>La Presidenta</span>
          </p>
          <p class="firma_ministro">Ursula VON DER LEYEN</p>
        </div>
      </div>
    </div>
    <hr/>
    <p class="cita_con_pleca"><a>(<span>1</span>)</a>   <a>DO L 61 de 3.3.1997, p. 1</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/reg/1997/338/oj</a>.</p>
    <p class="cita"><a>(<span>2</span>)</a>  Reglamento de Ejecución (UE) n.<span>o</span> 792/2012 de la Comisión, de 23 de agosto de 2012, por el que se establecen disposiciones sobre el diseño de los permisos, certificados y otros documentos previstos en el Reglamento (CE) n.<span>o</span> 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, y se modifica el Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006 de la Comisión (<a>DO L 242 de 7.9.2012, p. 13</a>, ELI: <a>http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2012/792/oj</a>).</p>
    <p class="cita"><a>(<span>3</span>)</a>   Reglamento de Ejecución (UE) 2015/57 de la Comisión, de 15 de enero de 2015, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 de la Comisión en lo que se refiere a las disposiciones sobre el diseño de los permisos, certificados y otros documentos previstas en el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, y en el Reglamento (CE) n.o 865/2006 de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo (DO L 10 de 16.1.2015, p. 19, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2015/57/oj).</p>
    <div>
      <p class="anexo">ANEXO</p>
      <p class="parrafo">Los anexos del Reglamento de Ejecución (UE) n.<span>o</span> 792/2012 se modifican como sigue:</p>
      <p class="parrafo">1) El anexo I se modifica como sigue:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">a)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 13 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «1 ORIGINAL», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">b)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 14 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «1 ORIGINAL», las líneas E, L, M, N y Z se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«E</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Educativo. Cuando la transacción tiene por objeto utilizar el espécimen en programas educativos y de formación o para su exhibición en una institución con una función principalmente educativa</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">L</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Aplicación de la ley/judicial/forense. Cuando la transacción tiene por objeto el traslado de especímenes entre organismos gubernamentales o en apoyo de los mismos con fines de aplicación de la ley, judiciales o forenses</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">M</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Médico (incluida la investigación biomédica). Cuando la transacción tiene por objeto realizar pruebas, diagnósticos, tratamientos o investigaciones médicas o veterinarias, incluida la investigación biomédica</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">N</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Introducción o reintroducción en la naturaleza. Para transacciones cuyo propósito es el refuerzo y la reintroducción dentro del área de distribución natural o histórica de una especie, y para introducciones de conservación, que comprenden la colonización asistida y la sustitución ecológica, fuera del área de distribución natural e histórica de la especie</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Z</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Zoológico. Cuando la transacción tiene por objeto el movimiento de un espécimen a un parque zoológico y/o acuario o por un parque zoológico y/o acuario para su exhibición pública, cuidado, reproducción, educación y concienciación del público, investigación científica, rescate, rehabilitación o conservación»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">c)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 13 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «2 COPIA para el titular», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">d)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 14 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «2 COPIA para el titular», las líneas E, L, M, N y Z se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«E</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Educativo. Cuando la transacción tiene por objeto utilizar el espécimen en programas educativos y de formación o para su exhibición en una institución con una función principalmente educativa</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">L</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Aplicación de la ley/judicial/forense. Cuando la transacción tiene por objeto el traslado de especímenes entre organismos gubernamentales o en apoyo de los mismos con fines de aplicación de la ley, judiciales o forenses</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">M</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Médico (incluida la investigación biomédica). Cuando la transacción tiene por objeto realizar pruebas, diagnósticos, tratamientos o investigaciones médicas o veterinarias, incluida la investigación biomédica</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">N</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Introducción o reintroducción en la naturaleza. Para transacciones cuyo propósito es el refuerzo y la reintroducción dentro del área de distribución natural o histórica de una especie, y para introducciones de conservación, que comprenden la colonización asistida y la sustitución ecológica, fuera del área de distribución natural e histórica de la especie</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Z</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Zoológico. Cuando la transacción tiene por objeto el movimiento de un espécimen a un parque zoológico y/o acuario o por un parque zoológico y/o acuario para su exhibición pública, cuidado, reproducción, educación y concienciación del público, investigación científica, rescate, rehabilitación o conservación»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">e)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 13 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «3 COPIA a devolver por la aduana a la autoridad emisora», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">f)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 14 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «3 COPIA a devolver por la aduana a la autoridad emisora», las líneas E, L, M, N y Z se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«E</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Educativo. Cuando la transacción tiene por objeto utilizar el espécimen en programas educativos y de formación o para su exhibición en una institución con una función principalmente educativa</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">L</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Aplicación de la ley/judicial/forense. Cuando la transacción tiene por objeto el traslado de especímenes entre organismos gubernamentales o en apoyo de los mismos con fines de aplicación de la ley, judiciales o forenses</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">M</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Médico (incluida la investigación biomédica). Cuando la transacción tiene por objeto realizar pruebas, diagnósticos, tratamientos o investigaciones médicas o veterinarias, incluida la investigación biomédica</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">N</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Introducción o reintroducción en la naturaleza. Para transacciones cuyo propósito es el refuerzo y la reintroducción dentro del área de distribución natural o histórica de una especie, y para introducciones de conservación, que comprenden la colonización asistida y la sustitución ecológica, fuera del área de distribución natural e histórica de la especie</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Z</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Zoológico. Cuando la transacción tiene por objeto el movimiento de un espécimen a un parque zoológico y/o acuario o por un parque zoológico y/o acuario para su exhibición pública, cuidado, reproducción, educación y concienciación del público, investigación científica, rescate, rehabilitación o conservación»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">g)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 13 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «4 COPIA para la autoridad emisora» y al formulario «5 SOLICITUD», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">h)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 14 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «4 COPIA para la autoridad emisora» y al formulario «5 SOLICITUD», las líneas E, L, M, N y Z se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«E</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Educativo. Cuando la transacción tiene por objeto utilizar el espécimen en programas educativos y de formación o para su exhibición en una institución con una función principalmente educativa</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">L</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Aplicación de la ley/judicial/forense. Cuando la transacción tiene por objeto el traslado de especímenes entre organismos gubernamentales o en apoyo de los mismos con fines de aplicación de la ley, judiciales o forenses</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">M</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Médico (incluida la investigación biomédica). Cuando la transacción tiene por objeto realizar pruebas, diagnósticos, tratamientos o investigaciones médicas o veterinarias, incluida la investigación biomédica</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">N</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Introducción o reintroducción en la naturaleza. Para transacciones cuyo propósito es el refuerzo y la reintroducción dentro del área de distribución natural o histórica de una especie, y para introducciones de conservación, que comprenden la colonización asistida y la sustitución ecológica, fuera del área de distribución natural e histórica de la especie</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Z</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Zoológico. Cuando la transacción tiene por objeto el movimiento de un espécimen a un parque zoológico y/o acuario o por un parque zoológico y/o acuario para su exhibición pública, cuidado, reproducción, educación y concienciación del público, investigación científica, rescate, rehabilitación o conservación».</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">2) El anexo II se modifica como sigue:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">a)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 9 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «1 ORIGINAL», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">b)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 9 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «2 COPIA para el importador», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas».</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">3) El anexo III se modifica como sigue:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">a)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 14 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «Original», la línea A se sustituye por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">b)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 14 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «Copia para la autoridad emisora» y al formulario «Solicitud», la línea A se sustituye por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas».</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <p class="parrafo">4) El anexo V del se modifica como sigue:</p>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">a)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 9 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «1 ORIGINAL», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas»;</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
      <table class="sinbordes" width="100%">
        <colgroup>
          <col width="4%"/>
          <col width="96%"/>
        </colgroup>
        <tbody>
          <tr>
            <td>
              <p class="parrafo">b)</p>
            </td>
            <td>
              <p class="parrafo">en el punto 9 de las «Instrucciones y explicaciones», en referencia al formulario «2 COPIA para la autoridad emisora» y al formulario «3 SOLICITUD», las líneas D y A se sustituyen por el texto siguiente:</p>
              <table class="sinbordes" width="100%">
                <colgroup>
                  <col width="20%"/>
                  <col width="80%"/>
                </colgroup>
                <tbody>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">«D</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Especímenes de las especies de fauna del apéndice I de la Convención, criados en cautividad con fines comerciales en establecimientos inscritos en el registro que lleva la Secretaría de la Convención de establecimientos que crían especies de fauna del apéndice I con fines comerciales, así como las partes y derivados de estos especímenes, y especímenes de las especies de flora del apéndice I de la Convención, reproducidos artificialmente con fines comerciales con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estos especímenes</p>
                    </td>
                  </tr>
                  <tr>
                    <td>
                      <p class="parrafo">A</p>
                    </td>
                    <td>
                      <p class="parrafo">Plantas reproducidas artificialmente con arreglo al capítulo XIII del Reglamento (CE) n.<span>o</span> 865/2006, así como las partes y derivados de estas».</p>
                    </td>
                  </tr>
                </tbody>
              </table>
            </td>
          </tr>
        </tbody>
      </table>
    </div>
  </texto>
</documento>
