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    <identificador>DOUE-X-1964-60042</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19641110</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>182/1964</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento nº 182/64/CEE, 5/64/Euratom de los Consejos, de 10 de noviembre de 1964, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19641121</fecha_publicacion>
    <diario_numero>190</diario_numero>
    <seccion>D</seccion>
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    <pagina_inicial>2971</pagina_inicial>
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    <fecha_vigencia>19641101</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="1314" orden="1">Comunidad Económica Europea</materia>
      <materia codigo="1316" orden="2">Comunidad Europea de Energía Atómica</materia>
      <materia codigo="3852" orden="3">Funcionarios de las Comunidades Europeas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-X-1962-60014" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los arts. 17 a 19 del Anexo VIII y el art. 79 del Estatuto aprobado por el Reglamento 31/62, de 18 de diciembre de 1961</texto>
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    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA COMUNIDAD ECONÓMICA EUROPEA,</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LA COMUNIDAD EUROPEA DE LA ENERGÍA ATÓMICA,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su articulo 212,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su articulo 186,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Reglamento nº 31 (CEE), 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (1),</p>
    <p class="parrafo">Vistas las propuestas de la Comisión de la Comunidad Económica Europea y de la Comisión de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas,</p>
    <p class="parrafo">Considerando que corresponde a los Consejos, por mayoría cualificada a propuesta de las Comisiones y previa consulta de otras instituciones interesadas, la modificación del Estatuto de los funcionarios de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica;</p>
    <p class="parrafo">Considerando que es conveniente unificar las disposiciones del Estatuto de los funcionarios de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y del Estatuto de los funcionarios de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero por otra, para facilitar la posterior unificación de las disposiciones reglamentarias que son de aplicación al personal de las Comunidades Europeas,</p>
    <p class="parrafo">HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:</p>
    <p class="parrafo">Articulo 1</p>
    <p class="parrafo">En el articulo 79 del Estatuto de los funcionarios de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, así como en los artículos 17 a 19 del Anexo VIII del citado Estatuto, la cifra " 60 % " será sustituida por la de " 50 % ".</p>
    <p class="parrafo">Articulo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrara en vigor el 1 de noviembre de 1964.</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas, el 10 de noviembre de 1964.</p>
    <p class="parrafo">Por los Consejos</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Fr. NEEF</p>
    <p class="parrafo">_____________</p>
    <p class="parrafo">(1) DO nº 45 de 14. 6. 1962, p. 1385/62.</p>
    <p class="parrafo">(2) DO nº 157 de 30. 10. 1963, p. 2638/63.</p>
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