Decreto-Ley 24/1961, de 30 de noviembre, por el que se autoriza al Gobierno para acordar la enajenación de valores de Organismos autónomos y Sociedades en las que el Estado participe, directa e indirectamente, a los fines de lo dispuesto en el titulo IV de la Ley de 21 de julio de 1960, en relación con el fondo de crédito para la difusión de la propiedad mobiliaria.
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«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 1961, páginas 17019 a 17019 (1 pág.)