Orden de 13 de diciembre de 1961 por la que se modifica el artículo 6º de la de 23 de septiembre de 1953 y se señalan los depósitos a constituir por las entidades que no concierten su reaseguro de exceso de pérdidas.
Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 1961, páginas 17993 a 17993 (1 pág.)