Decreto 95/1962, de 13 de enero, por el que se modifica el artículo sexto del de 7 de marzo de 1952 y se fija en que proporción podrán obtener destinos en las Unidades de Caballería los Jefes y Oficiales de esta Arma que no posean el título de Especialista de Carros.
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 1962, páginas 1640 a 1640 (1 pág.)