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Documento BOE-A-1963-10360

Resolución de la Dirección General del Tesoro, Deuda Pública y Clases Pasivas por la que se dispone que los ingresos que hayan de efectuar los funcionarios y agentes a que se refiere el artículo 50 del Estatuto de Recaudación, pueden ser admitidos en las Cajas provisionales de efectivo de las Delegaciones de Hacienda, cualquiera que sea su cuantía, siempre que se realicen por medio de cheques o talones de cuentas corrientes.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11 de mayo de 1963, páginas 7749 a 7749 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1963-10360

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/04/1963
  • Fecha de publicación: 11/05/1963
Materias
  • Delegaciones de Hacienda
  • Depósitos
  • Recaudación
  • Recaudadores

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