Resolución de la Dirección General de Archivos y Bibliotecas por la que se dispone que las obras de autores norteamericanos pueden inscribirse en el Registro General de la Propiedad Intelectual siempre que se cumplan los requisitos exigidos y se solicite la inscripción en los plazos marcados por la Ley de Propiedad Intelectual de 10 de enero de 1879.
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«BOE» núm. 133, de 3 de junio de 1964, páginas 7239 a 7240 (2 págs.)