Resolución de la Dirección General de Impuestos Indirectos por la que se admite a trámite la solicitud formulada por el Grupo Nacional de Comercio de Vidrio y Cerámica, encuadrado en el Sindicato Vertical de la Construccion, Vidrio y Cerámica, para satisfacer durante el periodo comprendido entre 1 de enero a 31 de diciembre de 1963, en régimen de Convenio de ámbito nacional, los impuestos sobre el lujo que gravan la actividad de «Venta de Objetos Artísticos y de Adorno» en su tarifa segunda, epígrafe 11, apartados a), b), c), d) y f).
Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 7 de julio de 1964, páginas 8745 a 8746 (2 págs.)