Orden de 15 de junio de 1964 por la que se fija la unidad mínima de cultivo y la unidad tipo de aprovechamiento en las zonas de Aldea-Real, Aldealcorbo, Anaya, Escalona del Prado, Fuente el Olmo de Iscar, Fuentepelayo, Fuentepiñel, Jemenuño, Martín Muñoz de la Dehesa, Martín Muñoz de las Posadas, Navas de Oro, Rapariegoes, Riaguas de San Bartolomé, San Cristobal de la Vega, Sauquillo de Cabezas y Turégano.
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«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1964, páginas 9424 a 9424 (1 pág.)