Corrección de erratas de la Orden de 8 de agosto de 1964 por la que se reservan provisionalmente a favor del Estado los yacimientos de toda clase de sustancias, excluídos los hidrocarburos fluidos y las rocas bituminosas, en una zona de la provincia de Salamanca, denominada «Salamanca treinta y tres».
Publicado en:
«BOE» núm. 217, de 9 de septiembre de 1964, páginas 11860 a 11860 (1 pág.)