Orden de 17 de agosto de 1964 por la que se reservan provisionalmente a favor del Estado los yacimientos de toda clase de sustancias, excluídos los hidrocarburos fluidos y las rocas bituminosas, en una zona denominada «Ampliación a Jaén Tercera», de la provincia de Jaén.
Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 15 de septiembre de 1964, páginas 12130 a 12130 (1 pág.)