Orden de 18 de mayo de 1965 por la que se fija la unidad mínima de cultivo y unidad tipo de aprovechamiento en las zonas de Avellanosa de Muñó, Lerma, Solarana, Tejada, Santa Maria del Campo, Llano de Bureba, Quintanarrio, Salas de los Infantes y Trespaderne (todas ellas de la provincia de Burgos) y de Molleda (Santander).
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«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 1965, páginas 7859 a 7859 (1 pág.)