Orden de 15 de julio de 1965 por la que se fija el coeficiente del 5,40 por 100 como aportación de las Entidades y Organismos obligados al sostenimeinto de las cargas del Fondo Compensador del Seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales para el ejercicio económico de 1965.
Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1965, páginas 10778 a 10778 (1 pág.)