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Documento BOE-A-1965-6275

Orden de 11 de febrero de 1965 por la que se dispone que para el percibo de las indemnizaciones por cese en el servicio establecidas por la Ley 68/1959, de 30 de julio, es preciso se produzca automáticamente la amortización de las plazas ocupadas por el personal cesante.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 1965, páginas 3148 a 3148 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Vivienda
Referencia:
BOE-A-1965-6275

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/02/1965
  • Fecha de publicación: 01/03/1965
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria 6 de la Ley 68/1959, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1959-10423).
Materias
  • Dirección General de Regiones Devastadas y Reparaciones
  • Indemnizaciones
  • Ministerio de la Vivienda
  • Oposiciones y concursos
  • Plantillas
  • Procedimiento administrativo

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