La creación de tres Colegios Mayores Universitarios durante el año mil novecientos sesenta y cinco exige, conforme a lo dispuesto en la Ley de veinticuatro de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve, la consignación en los Presupuestos Generales del Estado del año siguiente del crédito destinado al sostenimiento de los mismos.
En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,
DISPONGO:
Se concede un suplemento de crédito de un millón trescientas treinta y tres mil trescientas treinta y dos pesetas al figurado en el presupuesto en vigor de la sección dieciocho de Obligaciones de los Departamentos ministeriales, «Ministerio de Educación y Ciencia»; capítulo cuatrocientos. «Subvenciones, auxilios, participaciones en ingresos y financiaciones Para gastos corrientes»; artículo cuatrocientos diez, «A favor de Organismos autónomos y Entidades y Empresas públicas»; servicio trescientos cuarenta y tres, «Dirección General de Enseñanza Universitaria»; concepto trescientos cuarenta y tres-cuatrocientos once, «Subvenciones en firme a las Universidades»; subconcepto treinta, «Colegios Mayores», para los «Alcor» y «San Juan de Ribera», de Madrid, y «Virgen de Nuria», de Barcelona.
El importe a que asciende el mencionado crédito extraordinario se cubrirá en la forma determinada por el artículo cuarenta y uno de la vigente Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública.
Dada en el Palacio de El Pardo a veintiocho de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.
FRANCISCO FRANCO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid