Circular número 551 de la Dirección General de Aduanas por la que se delegan en las Administraciones de Aduanas las atribuciones concedidas al Centro directivo por las Ordenanzas de la Renta en relación con la admisión de errores en los Manifiestos marítimos (artículo 66) y la recepción de radiogramas o avisos por entrada imprevista en puerto español (artículo 59).
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 290, de 5 de diciembre de 1966, páginas 15278 a 15278 (1 pág.)