Resolución de la Dirección General de Justicia por la que se establece plazo para que los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos Nacional de Médicos Forenses, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia y Auxiliares y Agentes de Justicia Municipal puedan optar por la edad de jubilación que tenían establecida en la legislación anterior o por su cese en el servicio activo por tener cumplida la señalada en el artículo 18 de la Ley 11/1966, de 18 de marzo.
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«BOE» núm. 31, de 6 de febrero de 1967, páginas 1569 a 1569 (1 pág.)