Orden de 1 de febrero de 1967 por la que se dan normas para el cumplimiento de los artículos cuarto, quinto y sexto del Decreto 1960/1959, de 29 de octubre, en relación con los terrenos que quedan disponibles por levante y derribo de las instalaciones y construcciones, y materiales de todas clases procedentes del levante de dichas instalaciones y derribos de construcciones que dejan de utilizarse, todo ello como consecuencia de la construcción de las obras comprendidas en el proyecto de «Mejoras y ampliaciones de las instalaciones ferroviarias de Pontevedra».
Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 1967, páginas 3343 a 3344 (2 págs.)