Orden por la que se establece el coeficiente que ha de regir para el año 1968 en la determinación de la aportación de las Entidades y Organismos obligados al sostenimiento de las cargas del Fondo Compensador de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 6 de diciembre de 1968, páginas 17477 a 17477 (1 pág.)
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ANÁLISIS
Rango: Orden
Fecha de disposición: 29/11/1968
Fecha de publicación: 06/12/1968
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria quinta de la Ley de la Seguridad social, texto articulado aprobado por Decreto 907/1966, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1966-6647).
Materias
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
Fondo Compensador de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales