Advertidos errores en el texto de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 49, de fecha 26 de febrero de 1968, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 2881, segunda columna, artículo 17, párrafo cuarto, donde dice: «...el artículo quinto y artículo sexto, número 26, ...», debe decir: «.. el artículo quinto y artículo sexto, número 2. ...».
En la página 2882, segunda columna, artículo 25, apartado e), última línea, donde dice: «... que existan en el artículo 17.». debe decir: «... que existan en el concepto 172.».
En la página 2885, primera columna, capítulo 7, párrafo cuarto, donde dice: «... sión del correspondiente crédito en el capítulo 4 ó en el 6, ...», debe decir: «... sión del correspondiente crédito en el capítulo 4 ó en el 7,...».
En la página 2890, segunda columna, Programa, línea 20, donde dice: «...se integrarán proyectos de características técnicas económicas, ...», debe decir: «... se integrarán proyectos de carácteristícas técnicas, económicas, ...».
En la página 2893, segunda columna, 28. Impuestos y Tasas, segunda línea, donde dice: «... des de la actividad realizada por los servicios.», debe decir: «... des o de la actividad realizada por los Servicios.».
En las páginas 2896 y 2898, en el encabezamiento de ambos cuadros, añadir a la derecha, encima de «SECCION Nº...»,«MINISTERIO...»
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