Está Vd. en

Documento BOE-A-1968-902

Ley 50/1968, de 27 de julio, de reducción en las plantillas de los Cuerpos de Ingenieros Geógrafos y de Topógrafos Ayudantes de Geografía y Catastro.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 29 de julio de 1968, páginas 11072 a 11072 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1968-902

TEXTO ORIGINAL

La Ley ciento nueve/mil novecientos sesenta y tres, de veinte de julio, de Bases de los Funcionarios Civiles del Estado, establece que serán revisadas las plantillas orgánicas de funcionarios teniendo en cuenta principios de productividad creciente, racionalización y mejor organización del trabajo que permitan, en su caso, y sin detrimento de la función pública, una reducción de las plantillas, con la consiguiente disminución del gasto público.

La modernización de las estructuras y de las actuaciones permite la ordenación del factor humano en ciertos sectores de la Administración Pública. En el ámbito geográfico, la generalización y consolidación del empleo de la fotogrametría, la aplicación progresiva de calculadoras electrónicas y la utilización de procedimientos electrónicos tanto en Geodesia como en Topografía, así corno la modernización de las técnicas de investigación en el vasto campo de la Geofísica, permiten proceder a efectuar una amortización de vacantes en los Cuerpos Especiales de Ingenieros Geógrafos y de Topógrafos Ayudantes de Geografía y Catastro,

Las necesidades del servicio quedan cubiertas, al exigírseles a los funcionarios de estos Cuerpos una plena dedicación, lo cual ha de ser tomado en consideración al fijar su retribución complementaria.

En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:

Artículo primero.

Con efectos económicos de uno de enero de mil novecientos sesenta y ocho se amortizan treinta vacantes en el Cuerpo de Ingenieros Geógrafos y ciento treinta y cinco vacantes en el Cuerpo de Topógrafos Ayudantes de Geografía y Catastro.

Artículo segundo.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo anterior, la plantilla de los Cuerpos mencionados queda, desde dicha fecha, constituida de la forma siguiente:

Cuerpo de Ingenieros Geógrafos, cien funcionarios.

Cuerpo de Topógrafos Ayudantes de Geografía y Catastro, cuatrocientos cuarenta y cinco funcionarios.

Dada en el Palacio de El Pardo a veintisiete de julio de mil novecientos sesenta y ocho.

FRANCISCO FRANCO

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO ITURMENDI BAÑALES

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 27/07/1968
  • Fecha de publicación: 29/07/1968
  • Fecha de entrada en vigor: 18/08/1968
  • Efectos económicos desde el 1 de enero de 1968.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
Materias
  • Cuerpo de Tipógrafos Ayudantes de Geografía y Catastro
  • Cuerpo Nacional de Ingenieros Geógrafos
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Plantillas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid