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Documento BOE-A-1969-1106

Corrección de errores de la Orden de 7 de agosto de 1969 por la que se aprueba el Reglamento para Instalaciones Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo (G. L. P.). de 0.1 a 20 metros cúbicos de capacidad.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 1969, páginas 14768 a 14768 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria
Referencia:
BOE-A-1969-1106

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Reglamento anejo a la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 200, de fecha 21 de agosto de 1969, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 13288, artículo quinto, cuadro A, línea novena, donde dice: «Depósito de materias inflamables enrrado», debe decir: «Depósito de materias inflamables enterrado»

En la misma página, segunda columna, artículo séptimo, párrafo cinco, donde dice: «... sección mínima de 16 milímetros cuadrados, estando previstas de bornes...», debe decir: «... sección mínima de 16 milímetros cuadrados, estando provistas de bornes...».

En la página 13289, primera columna, artículo 12, párrafo dos, donde dice: «La tubería será de acero estirado, sin soldadura de cobre...», debe decir: «La tubería será de acero estirado, sin soldadura o de cobre...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/09/1969
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 29 de enero de 1986 (Ref. BOE-A-1986-4744).
  • Fecha de derogación: 22/05/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 7 de agosto de 1969 (Ref. BOE-A-1969-1046).
Materias
  • Depósitos
  • Gas
  • Productos petrolíferos

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