Decreto 1618/1969, de 10 de julio, por el que se establece un derecho móvil por un plazo de dos años en la subpartida 43.01 A y se suprimen los derechos a la exportación de la misma partida.
Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 1969, páginas 11836 a 11836 (1 pág.)