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Padecidos errores en la inserción del citado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 244, de fecha 11 de octubre de 1972, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 18109, segunda columna, primer párrafo del articulo primero, donde dice: «preceptores de clases pasivas», debe decir: «perceptores de clases pasivas».
En las mismas página y columna, última línea, donde dice: «coeficiente intelectual», debe decir: «cociente intelectual».
En la página 18110, primera columna, en el punto dos del artículo octavo, donde dice: «tendrá que acreditar», debe decir: «tendrán que acreditar».
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