En cumplimiento de lo ordenado en el punto cuatro, «semillas de siembra», del Decreto 2309/1973, de 21 de septiembre, de regulación trianual de las campañas algodoneras 1973-74 a 1975-76,
Esta Dirección General, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, previo informe del Instituto Nacional de Semillas y Plantas de Vivero, ha tenido a bien fijar los siguientes precios de semilla para siembra de algodón que regirán en la campaña 1975-76, y que se refieren a semilla envasada y desinfectada:
Ptas/Kg. | |
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Semilla «registrada» de importación, equivalente a la categoría R-1 nacional, y semilla «certificada» R-1 nacional | 35 |
Semilla «certificada» R-2 nacional | 27 |
Semilla «autorizada» | 18 |
Las categorías indicadas, de semilla «certificada» R-1 y R-2 y semilla «autorizada», son las que corresponden a las definiciones que figuran en el Reglamento General de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero, aprobado por Orden ministerial de 26 de julio de 1973.
Madrid, 12 de mayo de 1975.‒El Director general, Juan Bautista Serra Padrosa.
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