Ilmo. Sr.: Para aplicación de lo prevenido en el Decreto de 7 de septiembre de 1951, Ordenes de 2 de abril de 1952, 30 de mayo de 1966 y demás disposiciones, y de acuerdo con el dictamen emitido por el Consejo Nacional de Educación,
Este Ministerio, para el nombramiento de Tribunales de oposiciones a cátedras de Universidad y concursos-oposiciones a plazas de Profesores agregados o Profesores adjuntos de Universidad, ha resuelto declarar análogas a las cátedras o plazas de «Historia de Cataluña» de las Facultades de Filosofaí y Letras, las siguientes «Historia antigua y media de España», «Historia medieval de España o historia de España en la Edad Media», «Historia moderna y contemporánea de España», «Historia moderna de España o historia de España en la Edad Moderna», «Historia de España en las Edades Moderna y Contemporánea», «Histeria contemporánea de España o historia de España en la Edad Contemporánea», «Historia antigua y media universal y de España», de las mismas Facultades.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 17 de marzo de 1975.–P. D., el Director general de Universidades e Investigación, Felipe Lucena Conde.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades e Investigación.
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