Ilmo. Sr.: Este Ministerio, aceptando la propuesta elevada por el Consejo de Administración de la Mutualidad General de Funcionarios de este Departamento sobre fijación de cuotas y pensiones para el año 1975, se ha servido disponer:
Se prorroga, por un plazo de seis meses, a contar de 1 de enero de 1975, las Ordenes de 19 de diciembre de 1972 y 19 de diciembre de 1973 sobre cuotas y pensiones, plazo que se considera suficiente para que por la Mutualidad General se proceda a la coeficentación de todos sus asociados.
Una vez alcanzada dicha actualización, y a la vista de los resultados económicos del expresado lapso de tiempo, se fijará la cuantía de las nuevas cuotas y pensiones.
Lo digo a V.I. para su conocimiento y cumplimiento.
Dios guarde a V.I. muchos años.
Madrid, 27 de diciembre de 1974.
ALLENDE Y GARCIA-BAXTER
Ilmo. Sr. Subsecretario Presidente de la Mutualidad General de Funcionarios deteste Departamento.
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