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Documento BOE-A-1975-1992

Decreto 3701/1974, de 20 de diciembre, por el que se suspende, por un plazo de tres meses, la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de «alambrón».

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1975, páginas 2010 a 2010 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1975-1992

TEXTO ORIGINAL

La situación coyuntural del mercado interior aconseja suspender por un plazo de tres meses la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de «alambrón», mediante el uso de la facultad conferida al Gobierno por el último párrafo del apartado dos del artículo doscientos once de la Ley cuarenta y uno mil novecientos sesenta y cuatro, de once de junio.

En su virtud, a prepuesta del Ministro de Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro,

DISPONGO:

Artículo primero.

Se suspende durante el último trimestre del corriente año la aplicación del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de «alambrón», clasificado en las partidas arancelarias 73.10.A-1, 73.10.B-1 y 73.15.C-5-a, mediante la reducción del correspondiente tipo impositivo en el porcentaje preciso para que la tarifa aplicable sea el uno coma cinco por ciento.

Artículo segundo.

La anterior suspensión no será de aplicación cuando la citada mercancía se importe en régimen de admisión temporal, reposición e importación temporal.

Artículo tercero.

A efectos de lo dispuesto en el apartado dos del artículo sexto del Decreto dos mil ciento sesenta y nueve/mil novecientos sesenta y cuatro, de nueve de julio, la base del Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de la citada mercancía vendrá determinada, adicionando al valor en Aduana de la misma los derechos de importación que hayan sido satisfechos.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinte de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Hacienda,

RAFAEL CABELLO DE ALBA Y GRACIA

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 20/12/1974
  • Fecha de publicación: 30/01/1975
Referencias anteriores
  • SUSPENDE la aplicación del Impuesto a las Partidas arancelarias 73.10.A-1, 73.10.B-1 y 73.15.C-5-A.
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 41/1964, de 11 de junio (Ref. BOE-A-1964-9380).
  • CITA Decreto 2169/1964, de 9 de julio (Ref. BOE-A-1964-11409).
Materias
  • Importaciones
  • Impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores
  • Siderurgia

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