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Documento BOE-A-1975-21089

Orden de 24 de septiembre de 1975 por la que se establecen las condiciones de los uniformes de verano e invierno para el personal femenino de la escala de servicio de Telecomunicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 244, de 11 de octubre de 1975, páginas 21464 a 21464 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1975-21089

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Las Ordenes ministeriales de 7 de febrero de 1967 y de 29 de abril de 1971 establecían, respectivamente, las condiciones de los uniformes de verano e invierno destinados al personal masculino de la escala de Servicio de Telecomunicación. Posteriormente, como consecuencia del concurso-oposición convocado con fecha 20 de marzo de 1974, por resolución de La Dirección General de Correos y Telecomunicación, en el que no se hacía distinción entre aspirantes de ambos sexos, se ha integrado en la escala de Servicio de Telecomunicación un cierto número de personal femenino al que es necesario dotar del uniforme reglamentario, tanto de verano como de invierno, que reúna las debidas características de comodidad, presentación y funcionalidad para el mejor cumplimiento del servicio que tiene encomendado dicha clase de personal.

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo propuesto por esa Dirección General de Correos y Telecomunicación por acuerdo de esta fecha, ha tenido a bien disponer:

1.º El uniforme reglamentario de verano para el personal femenino de la Escala de Servicio de Telecomunicación, se confeccionará en tejido fresco de tergal-lana, en color marrón, de buena calidad, y estará compuesto de guerrera, falda-pantalón, dos camisas en color beige», corbata marrón y zapatos de verano del mismo color.

2.º El uniforme reglamentario de invierno para dicho personal, se confeccionará en tejido tergal-lana de ligamento sarga, en el mismo color que el uniforme de verano y constará de chaquetón, guerrera, falda-pantalón, dos camisas en color «beige», corbata marrón y zapatos de invierno del mismo color.

3.º Además, en todo tiempo, el uniforme estará provisto de un sombrero de fieltro de color marrón, con cinta dorada sobre la visera, y un bolsillo con bandolera.

4.º La guerrera, lo mismo en el uniforme de verano que en el de invierno, será abierta, con solapas y las puntas de los delanteros redondeadas, ligeramente entallada, con abertura posterior, llevará cuatro bolsillos de parche, con fuelle y tapa abrochable, y una sola fila de botones con el emblema reglamentario; los botones serán de metal dorado y en la guerrera el emblema consistirá en una «gall tilla» del mismo tejido del uniforme, en medida proporcionada, que llevará bordada en hilo dorado la palabra «Telégrafos» bajo el emblema corporativo, situada en la parte izquierda del pecho. El chaquetón se confeccionará en paño de lana, ligamento tafetán, llevará dos filas de botones dorados, con dos aberturas, trabilla con botones en la espalda y solapas del modelo llamado giratorio.

5.º El calzado de invierno será tipo mocasín, de box-calf, con piso de suela o goma indistintamente. El de verano será también tipo' mocasín, con modelo apropiado a la estación.

6.º Se autoriza a la Dirección General de Correos y Telecomunicación para dictar cuantas disposiciones complementarias se precisen para la debida implantación del uniforme descrito, en la forma y etapas que permitan las disponibilidades presupuestarias y aquellas que la práctica del servicio aconseje, sin cambiar la estructura esencial del mismo.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 24 de septiembre de 1975.

GARCIA HERNANDEZ

Ilmo. Sr. Director general de Correos y Telecomunicación.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/09/1975
  • Fecha de publicación: 11/10/1975
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los Uniformes del personal Femenino del Cuerpo de Reparto de Telecomunicaciones, por Orden de 22 de junio de 1978 (Ref. BOE-A-1978-21680).
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con:
    • Orden de 7 de febrero de 1967.
    • Orden de 29 de abril de 1971 (Ref. BOE-A-1971-10205).
Materias
  • Escala de Personal de Servicio de Telecomunicación
  • Funcionarios Civiles del Estado

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