Ilustrísimo señor:
La reciente elevación del precio del gas-oil ha hecho necesario determinar su consecuente repercusión en el coste de los servicios discrecionales de transporte de mercancías contratados por camión completo, a fin de adecuar los precios autorizados a dichos transportes a sus costes reales y evitar la producción de un déficit económico que venga a poner en peligro la eficaz prestación de dichos servicios y su normal proceso de desarrollo.
En su virtud, de conformidad con el informe favorable de la Junta Superior de Precios y previa aprobación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 1975,
Este. Ministerio ha tenido a bien disponer:
Las tarifas máximas y mínimas de los servicios discrecionales de transporte de mercancías contratados por camión completo vigentes en la fecha de publicación de la presente Orden quedan elevadas en un 2,52 por 100.
Por la Dirección General de Transportes Terrestres se dictarán las instrucciones que, en su caso, resulten precisas para la ejecución y desarrollo de la presente Orden, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo qué comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 17 de noviembre de 1975.
VALDES Y GONZALEZ ROLDAN
Ilmo. Sr. Director general de Transportes Terrestres.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid