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Documento BOE-A-1975-4287

Orden de 27 de febrero de 1975 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 1975, páginas 4218 a 4218 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-4287

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

De conformidad con el artículo octavo del Decreto 3221/1972, de 23 de noviembre, y las Ordenes ministeriales de Hacienda de 24 de mayo de 1973 y de Comercio de 13 de febrero de 1975,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

La cuantía del derecho compensatorio variable para las importaciones en la Península e islas Baleares de los productos que se indican, son los que a continuación se detallan «para los mismos:

Producto Partida arancelaria Pesetas tonelada métrica neto
Sardinas frescas. Ex 03.01.B.2 12.000
Sardinas congeladas. Ex 03.01 C 5.000
Bacalao congelado. Ex 03.01 C 15.000
Bacalao. 03.02 A 5.000
Cefalópodos congelados, excepto calamares. Ex 03.03 B-5 15.000
Calamares congelados. Ex 03.03 B-5 15.000
Segundo.

Estos derechos estarán en vigor desde la fecha de la publicación de la presente Orden hasta las trece horas del día 6 de marzo próximo.

En el momento oportuno se determinará por este Departamento la cuantía y vigencia del derecho compensatario variable del siguiente período.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 27 de febrero de 1975.

FERNANDEZ-CUESTA

Ilmo. Sr. Director general de Política Arancelaria e Importación.

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