Ilustrísimo señor:
Ante las consultas elevadas a este Ministerio sobre si los Directores de los Departamentos interfacultativos tienen voz y voto en todos los órganos corporativos de las Facultades o Escuelas Técnicas Superiores a las que se encuentran adscritos,
Este Ministerio, visto el Decreto 1977/1973, de 26 de julio, ha resuelto disponer que los Directores de los Departamentos interfacultativos tendrán voz y voto en todos los órganos corporativos de las Facultades o Escuelas Técnicas Superiores de las que dependan dichos Departamentos.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 8 de febrero de 1975.
MARTINEZ ESTERUELAS
Ilmo. Sr. Director general de Universidades e Investigación.
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