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Documento BOE-A-1975-4713

Resolución de la Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales por la que se delegan determinadas facultades en el Delegado provincial del Ministerio de Industria de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 1975, páginas 4654 a 4654 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria
Referencia:
BOE-A-1975-4713

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de esta Dirección General de 9 de mayo de 1972 («Boletín Oficial del Estado» del 15), y previa aprobación del excelentísimo señor Ministro de Industria, se delegó en los Organismos provinciales del Departamento la resolución de los expedientes de nueva instalación y ampliación de talleres de reparación de automóviles, actividad clasificada entre las comprendidas en el grupo segundo del artículo segundo del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

No obstante, quedan fuera del marco de la delegación de facultades los talleres de reparación de automóviles comprendidos dentro del Area Metropolitana de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2280/1968, de 23 de noviembre, por el que se exige la previa autorización del Ministerio de Industria para la instalación, ampliación o traslado de industrias dentro de la misma, clasificándose, por tanto, en el grupo primero del artículo segundo del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, todas las actividades industriales.

Ahora bien, el considerable número de sectores industriales sometido a la competencia de esta Dirección General y al recargo de facultades decisorias que supondría la resolución de los expedientes de talleres de reparación, de automóviles, aconsejan la conveniencia de que, por este Centro directivo, se faculte a la Delegación Provincial de Madrid para la resolución de los mismos.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, y previa aprobación del excelentísimo señor Ministro, esta Dirección General ha tenido a bien disponer lo siguiente:

1. Se faculta a la Delegación Provincial del Ministerio de Industria de Madrid para que pueda autorizar o denegar, por delegación de esta Dirección General, la instalación, ampliación o traslado de los talleres de reparación de automóviles comprendidos dentro del Area Metropolitana de Madrid.

2. El procedimiento administrativo a seguir será el establecido en el capítulo III, sección primera del Decreto 1775/1987, de 22 de julio, salvo en lo que se refiere a la documentación a presentar, que será la que se detalla en el artículo segundo del Decreto 809/1972, de 6 de abril.

3. Si en la tramitación de los expedientes surgieran fundadas dudas en cuanto al cumplimiento, de las condiciones establecidas, se elevarán las actuaciones a esta Dirección General con informe de la Delegación Provincial de Madrid.

4. La delegación de facultades objeto de la presente Resolución es revocable, en cualquier momento, y no será obstáculo para que el Director general pueda recabar el despacho y resolución de los expediente que considere oportunos, aunque estuvieran comprendidos entre los que son objeto de la delegación, la cual subsistirá en tanto no sea revocada o modificada.

Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Madrid, 21 de febrero de 1975.–El Director general, Emilio Miranda Díez.

Sr. Delegado provincial del Ministerio de Industria en Madrid.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/02/1975
  • Fecha de publicación: 06/03/1975
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Delegaciones provinciales del Ministerio de Industria
  • Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales
  • Madrid
  • Ministerio de Industria
  • Talleres de reparación de automóviles

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