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Documento BOE-A-1975-507

Decreto 3522/1974, de 20 de diciembre, por el que se crea en la Secretaría General del Movimiento la Delegación Nacional de Acción Docente.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1975, páginas 625 a 625 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Secretaría General del Movimiento
Referencia:
BOE-A-1975-507

TEXTO ORIGINAL

Uno de los principios rectores de la Ley General de Educación, que constituye el gran marco ordenador de la enseñanza española, es el de la colaboración entre la sociedad y el Estado, a fin de alcanzar los objetivos, que en materia educativa exige el actual horizonte de la sociedad española.

El Movimiento Nacional, como unión de los españoles en los Principios promulgados por la Ley de diecisiete de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho, confió a su Secretaría General delicadas tareas en el plano educativo que a lo largo del tiempo han sido realizadas por diferentes órganos de la misma.

Entre tales funciones educativas a las que Secretaría General del Movimiento dedica especial atención figura la gestión de actividades directamente relacionadas con la enseñanza universitaria, actividades que en el momento actual siguen atribuidas a órganos de diferente significado y rango.

Por ello, a fin de coordinar dicha gestión relacionada con la institución universitaria, parece conveniente confiar a un solo Centro directivo las competencias actualmente atribuidas a órganos diversos, de tal modo que se logre una mayor coherencia en la gestión.

En su virtud, sin perjuicio de la necesaria reestructuración de los órganos y servicios de la Secretaría General del Movimiento, de conformidad con lo acordado por el Pleno del Consejo Nacional en su sesión de dieciséis de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro, a propuesta del Ministro Secretario general del Movimiento y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinte de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro,

DISPONGO:

Artículo único.

Uno. Se crea la Delegación Nacional de Acción Docente del Movimiento, que dirigirá y ejercerá las funciones relacionadas con la enseñanza superior atribuidas a Secretaría General del Movimiento, y coordinará, bajo la orientación del Vicesecretario general, las actividades docentes encomendadas a los diversos órganos de la misma.

Dos. El Patronato de Obras Docentes del Movimiento y el Servicio de Formación Política Universitaria quedan integrados en la Delegación Nacional de Acción Docente, la cual, además, ejercerá las competencias que la Secretaría General del Movimiento tiene atribuidas en orden a las Asociaciones de Profesores de la Enseñanza Superior acogidas al régimen asociativo del Movimiento.

Tres. El Ministro Secretario general queda facultado para dictar las normas necesarias para la aplicación del presente Decreto.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinte de diciembre de mil novecientos setenta y cuatro.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro Secretario General del Movimiento,

JOSE UTRERA MOLINA

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 20/12/1974
  • Fecha de publicación: 11/01/1975
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CITA Ley de 17 de mayo de 1958 y Ley 14/1970, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1970-852).
Materias
  • Delegación Nacional de Acción Docente
  • Patronato de Obras Docentes del Movimiento
  • Secretaría General del Movimiento

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