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Documento BOE-A-1975-6894

Corrección de erratas de la Orden de 3 de febrero de 1975 por la que se aprueba la nueva redacción de los artículos 1.º, 6.º, 12, 18, 21, 22, 26 y 40 de la Ordenanza Laboral para las Industrias de Bebidas Refrescantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 1975, páginas 6863 a 6863 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1975-6894

TEXTO ORIGINAL

Padecido error en la inserción del anexo de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 34, de fecha 8 de febrero de 1975, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 2731, segunda columna, anexo, artículo 1.°, donde dice: «Artículo 1.° La presente Ordenanza, cuya publicación es obligatoria...», debe decir: «Artículo 1.° La presente Ordenanza, cuya aplicación es obligatoria...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/04/1975
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 3 de febrero de 1975 (Ref. BOE-A-1975-2773).
Materias
  • Bebidas analcohólicas
  • Industrias
  • Jarabe
  • Reglamentaciones Nacionales de Trabajo
  • Zumos de frutas

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