El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta del Ministerio de Comercio, de treinta de mayo, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas.
Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y de los estudios realizados por los servicios competentes del Ministerio de Comercio, teniendo en cuenta la inexistencia de producción nacional de alcohol butílico secundario y la conveniencia de suministrar a los fabricantes nacionales de metil-etil-cetcna su materia prima básica, a precios internacionales, se ha estimado conveniente establecer un contingente libre de derechos para dicho producto, que afora por la posición arancelaria veintinueve punto cero cuatro-A-tres.
En su virtud y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Se establece un contingente arancelario, libre de derechos para dos mil quinientas toneladas métricas de alcohol butílico secundario, de la posición veintinueve punto cero cuatro-A-tres.
El contingente establecido por el presente Decreto no será aplicable a las mercancías acogidas a cualquier modalidad de tráfico de perfeccionamiento activo.
La distribución de este contingente se efectuará por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación.
El presente Decreto tendrá una vigencia de un año a partir del día cuatro de enero de mil novecientos setenta y cinco.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiuno de marzo de mil novecientos setenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Comercio,
JOSE LUIS CERON AYUSO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid