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Documento BOE-A-1975-8614

Orden de 17 de abril de 1975 por la que se modifica parcialmente, a nivel de Sección, la estructura orgánica de los Servicios Centrales del Instituto Nacional de Estadística.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 1975, páginas 8592 a 8592 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Planificación del Desarrollo
Referencia:
BOE-A-1975-8614

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Por Decreto 2879/1971, de 20 de noviembre, se reorganizaron los Servicios Centrales de la Dirección General del Instituto Nacional de Estadística, y por Orden de la Presidencia del Gobierno de 2 de diciembre del mismo año quedaron fijadas las Secciones que integran su estructura orgánica, adaptándola a las necesidades que exigían una nueva orientación y ampliación de sus tareas.

El programa de trabajos que tiene a su cargo y la experiencia adquirida en los últimos años hacen aconsejable una modificación parcial de la estructura orgánica del Instituto, a nivel de Sección, desarrollada en la precitada Orden, para adaptarla a las necesidades de información estadística derivadas del IV Plan Nacional de Desarrollo.

En su virtud, con la aprobación de la Presidenta del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

La Orden de la Presidencia del Gobierno de 2 de diciembre de 1971 queda modificada en los siguientes términos:

1. La Sección de «Estadísticas y Análisis Demográficos», de la Subdirección General de Estadísticas de la Población, se desdobla en dos, que tendrán las siguientes denominaciones:

‒ Censo de Población y Estadísticas de Empleo.

‒ Análisis Demográficos.

2. En la Subdirección General de Estadísticas de las Empresas, la Sección de «Estadísticas de Salarios y Coste de la Vida» se desdobla en dos, con las denominaciones siguientes:

‒ Estadísticas de Salarios.

‒ Estadísticas de Precios.

3. En la Subdirección General de Estudios y Análisis Económicos se crea una nueva Sección de «Relaciones Intersectoriales».

4. En la Subdirección General de Muestreo y Censos, la Sección de «Adiestramiento, Recogida, Control» se desdobla en las dos siguientes:

‒ Adiestramiento, Recogida y Control. Población.

‒ Adiestramiento, Recogida y Control. Empresas.

Segundo.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 17 de abril de 1975.

GUTIERREZ CANO

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Instituto Nacional de Estadística.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/04/1975
  • Fecha de publicación: 24/04/1975
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/1975
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE COMPLETA, determinando los Negociados, por Orden de 17 de julio de 1975 (Ref. BOE-A-1975-16172).
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General del Instituto Nacional de Estadística
  • Instituto Nacional de Estadística
  • Ministerio de Planificación del Desarrollo

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