Ilustrísimo señor:
Para atender convenientemente al aumento de procesos que se registran en las Magistraturas de Trabajo y su mayor complejidad por las circunstancias político-sociales que en gran parte de ellas inciden, se ha llevado a efecto por Ley 46/1975, de 30 de diciembre, la ampliación de veinte plazas en el Cuerpo de Magistrados de Trabajo y quince en el Cuerpo de Secretarios de Magistraturas, de cuyas plazas cinco de las primeras se destinan al Tribunal Central de Trabajo y las quince restantes, así como las de Secretarios, a la creación de igual número de Magistraturas Provinciales de Trabajo, en donde es más apremiante su necesidad.
En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de Jurisdicción de Trabajo, tiene a bien disponer que las quince Magistraturas de Trabajo creadas en cumplimiento de la Ley número 46/1975, de 30 de diciembre, tengan la denominación, sede y jurisdicción que a continuación se indica:
Baleares. Se denominará Baleares número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Barcelona. Se crean tres, que se denominarán: Barcelona número 14, Barcelona número 15 y Barcelona número 16, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Las Palmas de Gran Canaria. Se denominará Las Palmas de Gran Canaria número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
León. Se denominará León número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Madrid. Se crean tres, que se denominarán: Madrid número 16, Madrid número 17 y Madrid número 18, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Málaga. Se denominará Málaga número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Murcia. Se denominará Murcia número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Navarra. Se denominará Navarra número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Oviedo. Se denominará Oviedo número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Vigo. Se denominará Vigo número 3, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Valencia. Se denominará Valencia número 8, con sede en la capital y jurisdicción en toda la provincia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 8 de enero de 1976.
SOLIS
Ilmo. Sr. Subsecretario de este Ministerio.
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