Ilustrísimo señor:
Por Orden ministerial de 25 de abril de 1964 se actualizaron las normas relativas al seguro de vida sin reconocimiento médico, fijando su límite en 500.000 pesetas.
Teniendo en cuenta la repercusión que el desarrollo económico y social del país ejerce en la evolución del seguro sobre la vida, así como la conveniencia de agilizar la contratación de estos seguros, sin merma de las garantías técnicas indispensables,
Este Ministerio, Oída la Junta Consultiva de Seguros y de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Política Financiera, ha tenido a bien disponer:
Se eleva a 1.000.000 de pesetas el límite de 500.000 pesetas previsto en el número 1.º de la Orden ministerial de 25 de abril de 1964 para contratar los seguros sobre la vida sin previo reconocimiento médico.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 28 de julio de 1976.‒P. D., el Director general de Política Financiera, Ignacio de Satrústegui y Aznar.
Ilmo. Sr. Director general de Política Financiera.
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