Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Gredilla de Sedano, Orbaneja del Castillo, Escalada, Nidaguilla, Valdelateja y Pesquera de Ebro, como consecuencia de la fusión de sus municipios con el de Sedano (Burgos),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Gredilla de Sedano, Orbaneja del Castillo, Escalada, Nidaguilla, Valdelateja y Pesquera de Ebro y su incorporación al de igual clase de Sedano, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 14 de junio de 1976.—P. D., el Subsecretario, Marcelino Cabanas.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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