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Documento BOE-A-1976-18846

Orden de 29 de septiembre de 1976 por la que se establecen pruebas selectivas restringidas entre funcionarios de carrera de la Escuela Nacional de Administración Pública para acceder a escalas de nivel superior.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 1 de octubre de 1976, páginas 19155 a 19155 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1976-18846

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Una de las innovaciones del Estatuto de Personal al servicio de los Organismos Autónomos aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio, según la modificación realizada por el Decreto 3470/1974, de 20 de diciembre, ha sido establecer la posibilidad de que los funcionarios de carrera de los Organismos autónomos puedan promocionar profesionalmente dentro de la propia Entidad a la que pertenecen.

Con tal finalidad, el artículo 8.°, 2, de aquel Estatuto, en relación con lo dispuesto en el artículo 2.1, establece que los Ministros podrán dictar, para cada Organismo adscrito a su Departamento, normas por las que se establezcan pruebas selectivas restringidas para el acceso de los funcionarios de carrera a un determinado porcentaje de las plazas vacantes de nivel superior, existentes en el propio Organismo, siempre que los candidatos posean la titulación requerida y acrediten, mediante las pruebas correspondientes, la capacitación necesaria.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Primero.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.°, 2, del Decreto 2043/1971, de 23 de julio, redactado conforme a lo dispuesto en el Decreto 3478/1974, de 20 de diciembre, convocarán un 50 por 100 de las vacantes existentes en sus distintas escalas para cubrir, mediante oposición restringida, entre funcionarios de carrera del Organismo, pertenecientes a otros de diferentes especialidades o inferior nivel, siempre que éstos se encuentren en posesión de la titulación requerida para el acceso a la vacante de que se trate, y acrediten, mediante las pruebas selectivas correspondientes, la capacitación necesaria.

No obstante, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 3476/1974, de 20 de diciembre, para acceder a escalas o plazas de nivel y carácter administrativo, en las que se exija el título de Bachiller Superior o equivalente, podrán concurrir también los funcionarios de carrera pertenecientes a escalas o plazas de Auxiliares administrativos que cuenten con más de diez años de servicios efectivos como funcionarios de carrera en el propio Organismo, aun cuando no posean aquella titulación.

Segundo.

En el supuesto de la existencia de una sola vacante, se proveerá alternativamente por el sistema previsto en el punto primero de esta Orden y por el de convocatoria pública libre.

Tercero.

Las plazas no cubiertas a través del turno restringido, a que se ha hecho referencia, serán ofrecidas a convocatoria pública libre.

Cuarto.

Lo dispuesto en esta Orden se entiende sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 145/1964, de 25 de enero, y de las facultades de la Presidencia del Gobierno, reconocidas en el artículo 6.°. 2, d), y disposición transitoria sexta del Decreto 2043/1971, de 23 de julio.

Lo digo a VV. II. a los procedentes efectos.

Madrid, 29 de septiembre de 1976.

OSORIO

Ilmos. Sres. Subsecretario de la Presidencia del Gobierno y Presidente efectivo del Patronato Rector de la Escuela Nacional de Administración Pública.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/09/1976
  • Fecha de publicación: 01/10/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Escuela Nacional de Administración Pública
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Oposiciones y concursos

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