Ilmo. Sr.: Por Orden de 11 de octubre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» del 31) se implantó en la Universidad de Córdoba el primer ciclo de los estudios de la Facultad de Ciencias (Sección de Químicas), en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2 del Decreto 2677/1974, de 19 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 21), por el que se creó la citada Facultad.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo de la Orden anteriormente mencionada, en el curso académico 1976-77 se implantará el tercer curso del primer ciclo, por lo que parece conveniente determinar la fecha de implantación del segundo ciclo de dicha Facultad,
En su virtud, este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 2 del aludido Decreto, ha dispuesto:
En el curso académico 1977-78 se implantarán en la Facultad de Ciencias (Sección de Químicas) de la Universidad de Córdoba las enseñanzas correspondientes al cuarto curso de la Licenciatura.
En el curso académico 1978-79 se completarán las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo.
Por la Dirección General de Universidades se dictarán las Resoluciones precisas para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 21 de julio de 1976.–P. D., el Subsecretario, Manuel Olivencia Ruiz.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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