Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Ages, Galarde, Santovenia de Oca y Zalduendo, como consecuencia de la incorporación de sus municipios al de Arlanzón (Burgos),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primeria de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Ages, Galarde, Santovenia de Oca y Zalduendo, y su incorporación al de igual clase de Arlanzón, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 29 de octubre de 1976.—P D., el Subsecretario, Rafael de Mendizábal Allende.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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