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Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Amaya, Barrio de San Felices, Cuevas de Amaya, Salazar de Amaya y Sotovellanos, como consecuencia de la fusión de sus Municipios con el de Sotresgudo (Burgos),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobismo del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base 1.a de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Amaya, Barrio de San Felices, Cuevas de Amaya, Salazar de Amaya y Sotovellanos, y su incorporación al de igual clase de Sotresgudo, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 10 de noviembre de 1976.—P. D., el Subsecretario, Rafael de Mendizábal Allende.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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