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Documento BOE-A-1976-24778

Real Decreto 2777/1976, de 26 de noviembre, por el que se declara en suspenso la aplicación parcial del artículo 37 del Decreto de 14 de marzo de 1933.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 1976, páginas 24412 a 24412 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1976-24778

TEXTO ORIGINAL

El Decreto de catorce de marzo de mil novecientos treinta y tres, por el que se aprueba el Estatuto de las Cajas Generales de Ahorro Popular, dispone en su artículo treinta y siete que la cuantía máxima de los préstamos hipotecarios destinados a inversiones en casas baratas o económicas, o con destino a objetivos benéfico-sociales, se elevará hasta el setenta por ciento de la tasación.

El Programa de Inversión en Viviendas Sociales, aprobado por el Real Decreto-ley doce/mil novecientos setenta y seis, de treinta de julio, y el Real Decreto dos mil doscientos setenta y ocho/mil novecientos setenta y seis, de dieciséis de septiembre, prevé un sistema por el cual el riesgo de las entidades prestamistas se disminuye notablemente al asumirse parcialmente el pago por el Instituto Nacional de la Vivienda de las cuotas de amortización e interés de los préstamos concedidos, permitiendo, de esta manera, que se incremente la cantidad de préstamo hipotecario que pueda ser concedida por las Cajas de Ahorro.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Ministros de Hacienda y Vivienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiséis de noviembre de mil novecientos setenta y seis,

DISPONGO:

Artículo único.

Queda en suspenso, durante la vigencia del sistema establecido en el Real Decreto-ley doce/mil novecientos setenta y sois, de treinta de julio, la limitación establecida en el artículo treinta y siete del Decreto de catorce de marzo de mil novecientos treinta y tres, por lo que se refiere a la cuantía máxima de los préstamos hipotecarios destinados a inversiones en viviendas sociales.

Dado en Madrid, a veintiséis de noviembre de mil novecientos setenta y seis.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia del Gobierno,

ALFONSO OSORIO GARCIA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 26/11/1976
  • Fecha de publicación: 07/12/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 27/12/1976
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • SUSPENDE la aplicación Parcial del art. 37 del Estatuto de las Cajas Generales de Ahorro Popular, aprobado por Decreto de 14 de marzo de 1933.
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto-ley 12/1976, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1976-14965).
  • CITA Real Decreto 2278/1976, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-1976-18764).
Materias
  • Cajas de Ahorro
  • Inversiones
  • Préstamos
  • Viviendas de Protección Oficial

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