Contido non dispoñible en galego
Vacantes las representaciones en Cortes de las Diputaciones Provinciales de Albacete, Avila, Castellón, Cuenca, Granada, Jaén, Madrid, Málaga, Murcia, Orense, Oviedo, Valladolid y Zamora, de los Municipios de las capitales de Barcelona y Zaragoza y de los Municipios de las provincias de Alicante, Almería, Baleares, Castellón, La Coruña, Granada, Jaén, Lugo, Navarra, Santander y Valladolid, de conformidad con lo prevenido en la disposición final primera del Decreto número mil cuatrocientos ochenta y cinco/mil novecientos sesenta y siete, de quince de junio, procede convocar elecciones parciales para designar Procuradores en Cortes representantes de las citadas Corporaciones Locales.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Gobernación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de febrero de mil novecientos setenta y seis,
DISPONGO:
Se convocan elecciones parciales para designar Procuradores en Cortes representantes de las Diputaciones Provinciales de Albacete, Avila, Castellón, Cuenca, Granada, Jaén, Madrid, Málaga, Murcia, Orense, Oviedo, Valladolid y Zamora, de los Municipios de las capitales de Barcelona y Zaragoza y de los Municipios de las provincias de Alicante, Almería, Baleares, Castellón, La Coruña, Granada, Jaén, Lugo, Navarra, Santander y Valladolid.
Estas elecciones se desarrollarán conforme a las normas del Decreto mil cuatrocientos ochenta y cinco/mil novecientos sesenta y siete, de quince de junio, y disposiciones complementarias. Los plazos en ellas señalados se contarán siempre por días naturales.
Las elecciones parciales a que se refiere el artículo anterior tendrán lugar el día veintidós del corriente mes de febrero.
Se autoriza al Ministro de la Gobernación para dictar las disposiciones que estime necesarias y conducentes a la aplicación de este Decreto.
Así lo dispongo per el presente Decreto, dado en Madrid a seis de febrero de mil novecientos, setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Gobernación,
MANUEL FRAGA IRIBARNE
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